ISO 22716:2007. Contexto, preguntas y respuestas. Nuevo artículo en Industria Cosmética

A partir de julio de 2013, la fabricación de productos cosméticos se realiza bajo el marco de lo establecido en el Reglamento (CE) No 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 sobre los productos cosméticos.

El art. 8.1 de dicho reglamento establece que la fabricación de los productos cosméticos se efectuará conforme a buenas prácticas de fabricación a fin de velar por el logro de los objetivos del art. 1.:

  • ¿Cuáles son los objetivos del art. 1 de dicha disposición?
  • ¿Es obligatorio adoptar un sistema de buenas prácticas conforme a ISO 22716:2007?
  • ¿Por qué tomamos como referencia la norma ISO 22716:2007?
  • ¿Pueden adoptarse otros referenciales o estándares?
  • ¿Es obligatoria la participación de una entidad de certificación en la implantación de las buenas prácticas de fabricación según ISO 22716:2007?
  • ¿Qué son las buenas prácticas de fabricación?

Puedes consultar la respuesta a estas y otras preguntas en nuestro artículo ISO 22716:2007. Contexto, preguntas y respuestas.