Las auditorías internas en ISO 14001:2015 (Reflexión 3/5)

Seguimos con el análisis del proceso de auditoría interna en ISO 14001 y la necesidad de implantar acciones correctivas tras su realización.

Una diferencia significativa en la redacción del punto 9.2.2 de UNE-EN ISO 9001:2015 y UNE-EN ISO 14001:2015 es la necesidad de que se realicen las correcciones y toma de acciones correctivas adecuadas sin demora injustificada (según la redacción del apartado e) del punto 9.2.2 de ISO 9001:2015).

ISO 14001:2015 sí contempla esta necesidad en el Anexo A de la norma pero no como tal requisito que podemos extractar de la redacción del punto 9.2.2 (teniendo en cuenta que dicho Anexo se presenta a título informativo y, que en ningún caso, añade o modifica los requisitos de norma).

Parece que ISO 9001:2015 arrastra el requisito que, en el punto 8.2.2 de su edición de 2008, impelía a la dirección responsable de área a que realiza las correcciones necesarias y tomara las acciones correctivas correspondientes para eliminar las no conformidades de auditoría, incluyendo el seguimiento de la implantación.

No encontrábamos en las distintas ediciones de UNE-EN ISO 14001 un requisito similar.